División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Al contestar refiérase
al oficio Nº 07657
12 de junio, 2023
DFOE-LOC-1082
Señor
Heriberto Cubero Morera
Alcalde
alcaldia@abangares.go.cr
heriberto.cubero@abangares.go.cr
MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Estimado señor:
Asunto: Remisión de orden n°. DFOE-LOC-ORD-00003-2023 relacionada con el
Ambiente de Control respecto de la separación de funciones incompatibles.
La Contraloría General de la República tomando en consideración lo establecido en los
artículos 12, 17 incisos a) y ñ) del Código Municipal (CM)1; 3, 4 y 38 incisos b) y m) de la Ley
contra la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (LCCEIFF)2, y en los
numerales 12, 13, 39 y 41 de la Ley General de Control Interno (LGCI)3; 1.2 y 2.5.3 de las Normas
de control interno para el Sector Público (NCI)4 y en el ejercicio de sus potestades
constitucionales5 y legales6, determinó una serie de hechos que se expondrán más adelante, en
apartados separados, conjuntamente con las consideraciones que se han estimado pertinentes.
1. Antecedentes
a) Mediante el oficio n.° 14514 (DFOE-LOC-1574) de 6 de setiembre de 2022 se le
solicitó al Alcalde Municipal de Abangares, entre otra, la siguiente información:
nombre de los funcionarios municipales que participan en el proceso de análisis,
aprobación e inspección de las solicitudes de las licencias municipales (patentes y
permisos de construcción), departamento al que pertenecen, puesto, cédula y
grado académico (licenciado, bachiller o señor).
6 Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, n.° 7428 de 7 de setiembre de 1994.
5 Artículos 183 y 184 de la Constitución Política de Costa Rica.
4 Resolución n.° R-CO-9-2009 de 06 de febrero del 2009
3 Ley n.° 8292 de 31 de julio de 2002.
2 Ley n.° 8422 de 31 de julio de 2022.
1 Ley n.° 7794 de 30 de abril de 1998.
mailto:alcaldia@abangares.go.cr
mailto:heriberto.cubero@abangares.go.cr
División de Fisc ...
Fecha publicación: 15/06/2023
Fecha emisión: 12/06/2023
Institución: MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Tipo documental: OFICIO CON ORDEN
Proceso: INVESTIGACION
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Al contestar refiérase
al oficio No. 06466
23 de mayo, 2023
DFOE-LOC-0976
Licenciada
Kattia Jessy Calvo Jiménez
Auditora Interna
kattia.calvo@abangares.go.cr
MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Estimada señora:
Asunto: Se imprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
Auditoría Interna de la Municipalidad de Abangares.
Se atiende el oficio n.° MA-AI-0030-2023 de 18 de mayo de 2023 mediante el cual solicita la
aprobación del Reglamento de organización y funcionamiento de la Auditoría Interna (ROFAI) de la
Municipalidad de Abangares, aprobado por el Concejo Municipal en la sesión ordinaria número
29-2023, celebrada el 16 de mayo de 2023, acuerdo n.° 124-2023. Se adjuntan los siguientes
documentos:
1. Certificación n.° SMCA-0013-2023 emitida por la secretaria del Concejo Municipal de
Abangares de 18 de mayo de 2023, en la que se transcribe el acuerdo n.° 124-2023, de la
sesión ordinaria n.° 29-2023 de 16 de mayo de 2023 donde el Concejo Municipal aprobó el
ROFAI de la Municipalidad de Abangares.
2. Declaración jurada, suscrita por la Auditora Interna de la Municipalidad de Abangares, en la
que declara que el ROFAI de la Auditoría Interna de la Municipalidad de Abangares fue
aprobado por el Concejo Municipal y cumple con la normativa aplicable. Respecto a este
documento interesa destacar que se indica que el mismo se firma el 17 de marzo de 2023
(que sería una fecha previa a la aprobación del ROFAI por parte del Concejo) pero según
la firma digital el mismo se suscribió el 18 de mayo de 2023.
De previo a analizar la propuesta de ROFAI presentada, es necesario tener presente que
este instrumento o cuerpo normativo pretende definir aquellas regulaciones estrictamente
necesarias para la organización y funcionamiento de las auditorías; de modo, que estas puedan
atender sus competencias contenidas en el artículo 22 de la Ley General de Control Interno (LGCI)
. ...
Fecha publicación: 24/05/2023
Fecha emisión: 23/05/2023
Institución: MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Tipo documental: REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AUDITORIAS INTERNAS
Proceso: APROBACION DE REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AUDITORIAS INTERNAS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Al contestar refiérase
al oficio n.° 06068
12 de mayo, 2023
DFOE-LOC-0925
Señora
Kattia Jessy Calvo Jiménez
Auditora Interna
kattia.calvo@abangares.go.cr
MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Guanacaste
Estimada señora:
Asunto: Se imprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
Auditoría Interna de la Municipalidad de Abangares
Se atiende el oficio n.° MA-AI-0025-2023 de 17 de marzo de 2023, remitido a la
Contraloría General de la República (CGR) vía correo electrónico, mediante el cual la
Auditora Interna de la Municipalidad de Abangares, remite la solicitud de aprobación del
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna (ROFAI) de esa
Municipalidad.
Sobre el particular, se informa que en el ejercicio de las competencias constitucionales
y legales, y con fundamento en lo señalado en el numeral 23 de la Ley General de Control
Interno (LGCI)1, y los Lineamientos sobre gestiones que involucran a la Auditoría Interna
presentadas ante la CGR (Lineamientos)2, la CGR imprueba el reglamento de marras, de
acuerdo a las situaciones expuestas que se indican a continuación.
Como primer punto, la CGR debe velar por el cumplimiento de requisitos, en atención
a lo establecido en los Lineamientos, específicamente en el punto 4.1, que indica
expresamente que:
(…) Una vez aprobado el reglamento por el jerarca, el auditor interno debe
someterlo a la aprobación de la Contraloría General de la República, dentro del
plazo de quince días hábiles posteriores a su recepción, adjuntando a su
petición los siguientes documentos:
2 Resolución n.° R-DC-83-2018, de las 08:00 horas de 9 de julio de 2018, emitida por la Contraloría General de la República.
Disponibles en nuestra página web:
https://cgrfiles.cgr.go.cr/publico/docsweb/documentos/auditoria/auditoria-interna/lineamientos-auditoria-interna-10-2018.pdf
1 Ley n.° 8292 de 31 de julio de 2002.
Contraloría ...
Fecha publicación: 15/05/2023
Fecha emisión: 11/05/2023
Institución: MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Tipo documental: REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AUDITORIAS INTERNAS
Proceso: APROBACION DE REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AUDITORIAS INTERNAS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Al contestar refiérase
al oficio N° 05763
5 de mayo, 2023
DFOE-CAP-0986
Licenciado
Miguel Aguiar Bermúdez
Director Ejecutivo
SECRETARÍA TÉCNICA DEL SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO
miguel.aguiar@sbdcr.com / notificaciones.sbd@sbdcr.com
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación
Se atiende su oficio CR/SBD-0068-2023 del 30 de marzo de 2023, mediante el cual
consulta sobre el cálculo de la comisión por la administración de las inversiones del Fondo
de Crédito para el Desarrollo (FCD), establecida en el artículo 36 de la Ley del Sistema de
Banca para el Desarrollo, N° 8634.
Al respecto, debe señalarse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la
Contraloría General, regulada en el artículo 29 de su Ley Orgánica, N° 7428, el Órgano
Contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan
los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los
sujetos privados que tengan vínculo con temas de competencia de la Contraloría General.
Sobre el particular, en el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas
dirigidas a la Contraloría General de la República” , se establecen las condiciones que1
rigen el trámite y la atención de las consultas. Específicamente en el inciso b) del artículo
8 del citado Reglamento se regulan los requisitos para su presentación y se establece que
deben “Plantearse en términos generales, sin que se someta al órgano consultivo a la
resolución de circunstancias concretas propias del ámbito de decisión del sujeto
consultante, o que atañen a la situación jurídica del gestionante”.
1 Resolución del Despacho Contralor N° R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ ...
Fecha publicación: 10/05/2023
Fecha emisión: 05/05/2023
Institución: CONSEJO RECTOR SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Al contestar refiérase
al oficio N° 4410
13 de abril, 2023
DFOE-CAP-0634
Heriberto Cubero Morera
Alcalde
Municipalidad de Abangares
alcaldia@abangares.go.cr
Estimado señor
Asunto: Remisión de los resultados del Índice de Capacidad de Gestión
Financiera
La Capacidad de Gestión Financiera corresponde al desempeño institucional en la
administración de los recursos financieros, considerando la estrategia, estructura,
procesos, información, liderazgo, cultura, competencias y equipos, en procura del
cumplimiento de objetivos, la generación de valor, la continuidad de los servicios y la
satisfacción ciudadana. En ese sentido, conocer su nivel permite a las instituciones
disponer de información sobre oportunidades de mejora en sus procesos financieros, a
partir de lo cual se impulsan prácticas para una gestión financiera integrada y sostenible
que incremente los niveles de eficiencia de los servicios públicos a su cargo.
Es por ello, que la Contraloría General aplicó el Índice de Capacidad de Gestión
Financiera (ICGF), instrumento que permitió generar información sobre el nivel de 305
instituciones públicas, mediante el análisis de indicadores para los procesos de gestión
financiera, a saber: Presupuesto, Contabilidad, Endeudamiento y Tesorería, así como, una
dimensión transversal con elementos complementarios vinculados a esa gestión.
Así las cosas, me permito hacer de su conocimiento el Informe N°
DFOE-CAP-SGP-00001-2023 preparado por la División de Fiscalización Operativa y
Evaluativa, en el cual se consignan los resultados obtenidos. Dicho informe se incorpora
en un sitio web que se compone de un panorama general, documentos metodológicos, así
como consultas interactivas de resultados por institución, sector y perfil financiero, de
manera que puedan ser utilizados por las personas usuarias de la información de acuerdo
con sus necesidades.
Es importante señ ...
Fecha publicación: 13/04/2023
Fecha emisión: 13/04/2023
Institución: MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION PUBLICA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Al contestar refiérase
al oficio N° 4677
13 de abril, 2023
DFOE-CAP-0900
Miguel Aguiar Bermúdez
Director Ejecutivo
Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo
miguel.aguiar@sbdcr.com
Estimado señor
Asunto: Remisión de los resultados del Índice de Capacidad de Gestión
Financiera
La Capacidad de Gestión Financiera corresponde al desempeño institucional en la
administración de los recursos financieros, considerando la estrategia, estructura,
procesos, información, liderazgo, cultura, competencias y equipos, en procura del
cumplimiento de objetivos, la generación de valor, la continuidad de los servicios y la
satisfacción ciudadana. En ese sentido, conocer su nivel permite a las instituciones
disponer de información sobre oportunidades de mejora en sus procesos financieros, a
partir de lo cual se impulsan prácticas para una gestión financiera integrada y sostenible
que incremente los niveles de eficiencia de los servicios públicos a su cargo.
Es por ello, que la Contraloría General aplicó el Índice de Capacidad de Gestión
Financiera (ICGF), instrumento que permitió generar información sobre el nivel de 305
instituciones públicas, mediante el análisis de indicadores para los procesos de gestión
financiera, a saber: Presupuesto, Contabilidad, Endeudamiento y Tesorería, así como, una
dimensión transversal con elementos complementarios vinculados a esa gestión.
Así las cosas, me permito hacer de su conocimiento el Informe N°
DFOE-CAP-SGP-00001-2023 preparado por la División de Fiscalización Operativa y
Evaluativa, en el cual se consignan los resultados obtenidos. Dicho informe se incorpora
en un sitio web que se compone de un panorama general, documentos metodológicos, así
como consultas interactivas de resultados por institución, sector y perfil financiero, de
manera que puedan ser utilizados por las personas usuarias de la información de acuerdo
co ...
Fecha publicación: 13/04/2023
Fecha emisión: 13/04/2023
Institución: CONSEJO RECTOR SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION PUBLICA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Al contestar refiérase
al oficio N° 03052
15 de marzo, 2023
DFOE-CAP-0252
Licenciado
Miguel Aguiar Bermúdez
Director Ejecutivo
SECRETARÍA TÉCNICA DEL SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO
miguel.aguiar@sbdcr.com / notificaciones.sbd@sbdcr.com
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación.
Se atiende su oficio CR-SBD-0026-2023, del 6 de febrero de 2023, mediante el cual
consulta sobre el cálculo de la comisión por la administración de las inversiones del Fondo
de Crédito para el Desarrollo (FCD), establecida en el artículo 36 de la Ley del Sistema de
Banca para el Desarrollo, N° 8634. Al respecto, debe señalarse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de su Ley
Orgánica, N° 7428, el Órgano Contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las
consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la
República, los sujetos pasivos y los sujetos privados que tengan vínculo con temas de
competencia de la Contraloría General.
En ese sentido, en el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas
dirigidas a la Contraloría General de la República” , se establecen las condiciones que1
rigen el trámite y la atención de las mismas. En particular, en el artículo 8 del citado
Reglamento se regulan los requisitos para la presentación consultas, en inciso b) se indica
que deben “Plantearse en términos generales, sin que se someta al órgano consultivo a la
resolución de circunstancias concretas propias del ámbito de decisión del sujeto
consultante, o que atañen a la situación jurídica del gestionante”.
De conformidad con el artículo citado, la consulta debe presentarse en forma
general, lo cual no ocurre en el presente caso. Lo anterior por cuanto en el oficio
CR-SBD-0026-2023, se plantea un caso concreto, puesto que se exponen una s ...
Fecha publicación: 20/03/2023
Fecha emisión: 15/03/2023
Institución: CONSEJO RECTOR SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Al contestar refiérase
al oficio N.º 22776
16 de diciembre, 2022
DFOE-LOC-2433
Licenciada
Kattia Jessy Calvo Jiménez
Auditora Interna
kattia.calvo@abangares.go.cr
MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio con relación a las Unidades de Auditoría Interna
de los Concejos Municipales de Distrito y las Municipalidades a las
cuales pertenecen
Se procede a dar respuesta al oficio n.° MA-AI-0124-2022 de 24 de noviembre de
2022.
I. MOTIVO DE LA GESTIÓN
Mediante dicha nota, la Auditora Interna de la Municipalidad de Abangares solicita a
la Contraloría General el criterio para aclarar lo siguiente:
1. ¿En caso que un tercero solicite realizar una Auditoría en el Concejo Municipal
de distrito (sic), a quien le corresponde realizarla; al Auditor de la Municipalidad
Madre o al auditor interno del Concejo Municipal de distrito (sic)?
Además, solicita aclarar la conclusión 3 del oficio n.° 19304 (DFOE-DL-2361) de
7 de diciembre de 2020 que señala (...) 3. La auditoría interna tiene acceso de
manera directa a la información que considere pertinente para realizar su labor,
según la potestad concedida por la Ley General de Control Interno.
Sobre este tema, (...) la posición de esta auditoría interna es que la auditoría debe
realizarla el auditor interno del Concejo Municipal de Distrito y que la conclusión número 3
se refiere a dicha dependencia.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:kattia.calvo@abangares.go.cr
http://www.cgr.go.cr/
.División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
DFOE-LOC- 2433 2 16 de diciembre,2022
II. CONSIDERACIONES PRELIMINARES
El ejercicio de la potestad consultiva de la Contralo ...
Fecha publicación: 20/12/2022
Fecha emisión: 15/12/2022
Institución: MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Acceso a información y otras potestades
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Al contestar refiérase
al oficio N° 22597
14 de diciembre, 2022
DFOE-CAP-3836
Licenciado
Miguel Aguiar Bermúdez
Director Ejecutivo
CONSEJO RECTOR DEL SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO
miguel.aguiar@sbdcr.com
Estimado señor:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial 2023 del Consejo Rector del
Sistema de Banca para el Desarrollo
Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los miembros del Consejo y se
emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, se comunica la
aprobación parcial del presupuesto inicial 2023 del Consejo Rector del Sistema de Banca
para el Desarrollo por ?65.628,4 millones.
1. CONSIDERACIONES GENERALES
1.1. FUNDAMENTO NORMATIVO DE LA GESTIÓN
El acto de aprobación presupuestaria se efectúa con base en las atribuciones
conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución
Política de la República de Costa Rica, 18 de la Ley Orgánica de la Contraloría General
de la República, N° 7428 y otras leyes conexas
El presupuesto inicial fue enviado a la Contraloría General mediante oficio N°
CR/SBD-0161-2022 del 28 de septiembre de 2022 en atención a lo dispuesto en el
artículo 19 de la Ley N° 7428 antes citada por medio del Sistema de Información sobre
Planes y Presupuestos (SIPP), de conformidad con lo preceptuado en la norma 4.2.12 de
las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (NTPP).
La aprobación interna efectuada por el Consejo como requisito de validez del
documento aportado, consta en el acta de la sesión N°11-2022 celebrada el 13 de
septiembre de 2022. Esto de conformidad con lo regulado en la norma 4.2.3 de las NTPP.
1.2. ALCANCE DEL ACTO DE APROBACIÓN EXTERNA
La aprobación parcial se fundamenta en la documentación y certificaciones
remitidas por el Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo de acuerdo con
Contraloría General de la República
...
Fecha publicación: 15/12/2022
Fecha emisión: 14/12/2022
Institución: CONSEJO RECTOR SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Al contestar refiérase
al oficio N.° 22280
08 de diciembre, 2022
DFOE-LOC-2345
Señora
Ana Cecilia Barrantes Bonilla
Secretaria a.i. del Concejo Municipal
ana.barrantes@abangares.go.cr
Señor
Humberto Cubero Morera
Alcalde Municipal
alcaldia@abangares.go.cr
lucrecia.quiros,@abangares.go.cr
MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Guanacaste
Estimados señores:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial para el año 2023 de la
Municipalidad de Abangares
Con el propósito que lo haga de conocimiento del Concejo Municipal y se emitan las
instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, se le comunica la aprobación
parcial del presupuesto inicial 2023 de la Municipalidad de Abangares por la suma de
?5.607,58 millones1.
1. CONSIDERACIONES GENERALES
1.1. FUNDAMENTO NORMATIVO DE LA GESTIÓN
El acto de aprobación presupuestaria se efectúa con base en las atribuciones
conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución
Política de la República de Costa Rica, 18 de la Ley Orgánica de la Contraloría General
de la República (LOCGR), n.° 7428; artículo 106 del Código Municipal, Ley n.° 7794 y
otras leyes conexas.
1 Monto exacto ?5.607.580.242,29.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:alcaldia@abangares.go.cr
http://www.cgr.go.cr/
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
DFOE-LOC-2345 2 08 de diciembre, 2022
El presupuesto inicial fue enviado a la Contraloría General mediante oficio n.°
OAM-0768-2022 del 30 de setiembre de 2022, en atención a lo dispuesto en el artículo 19
de la Ley n.° 7428 antes citada por medio del Sistema de Información sobre Planes y
Presupuestos (SIPP), de conformidad con lo preceptuado en la norma 4.2.12 de las
Norm ...
Fecha publicación: 09/12/2022
Fecha emisión: 08/12/2022
Institución: MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO